01
Dic, 2015

post indi

Cambios del RIF

by Omar Pérez | 01 diciembre, 2015

Dentro de los aspectos más relevantes se encuentran los siguientes:

 

  1. A)  Excluir del régimen, entre otros, a socios, accionistas o integrantes de personas morales o cuando sean partes relacionadas, cuando tengan vínculo con personas con actividad empresarial que tributen en el RIF.
  2. B) Se aclara que el plazo de reparto de la partición de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU), deberá efectuarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba presentarse la declaración correspondiente del sexto bimestre del ejercicio de que se trate.
  3. C)  Cuando un contribuyente del RIF obtenga ingresos, además de salarios e intereses, podrá permanecer en ese régimen si el total de sus ingresos no supera los $2,000,000.00.
  4. D) Se adiciona la obligación de realizar el pago de erogaciones que pretendan deducir, en los mismos términos que se establecen para el régimen general.
  5. E)  Se establece que de no cumplirse con lo establecido en las disposiciones del RIF, referentes a la presentación de la declaración bimestral, dos veces de manera consecutiva, el contribuyente perderá el derecho a tributar como RIF y se incorporará al régimen general.

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